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Costo:
Sin Costo
Horario de Atención al Público:
7:30am a 12:30 pm
Lunes a Viernes |
INFORMACIÓN GENERAL:
REGISTRO DE NACIMIENTO
Todo hijo de colombiano nacido en
la jurisdicción del consulado de Zulia o Falcon
puede obtener su registro civil de nacimiento.
CUANDO EL HIJO NACE DENTRO DEL
MATRIMONIO
REQUISITOS:
-
Presencia del menor.
-
Original del certificado de
nacimiento, en el cual
figuren el nombre de los padres, tal como
están en sus documentos de identidad. Este
certificado no se le podrá devolver, por lo
que recomendamos obtener copias adicionales
en las oficinas de estadísticas vitales
antes de solicitar este trámite en el
Consulado.
-
Cédula de ciudadanía de los
padres. Si uno de los dos posee otra
nacionalidad, deberá presentar pasaporte
vigente.
-
Certificado de Matrimonio.
-
Certificado de una autoridad
de salud del tipo de Sangre y factor RH.
-
Presencia de uno de los
padres, si ambos son colombianos. En caso de
que uno de los dos posea otra nacionalidad,
el colombiano es quien debe registrar al
menor.
CUANDO EL HIJO ES FRUTO DE UNION
LIBRE
REQUISITOS:
-
Presencia del menor.
-
Original del Certificado de
Nacimiento, en el cual
figuren el nombre de los padres, tal como
están en sus documentos de identidad Este
certificado no se le podrá devolver, por lo
que recomendamos obtener copias adicionales
en las oficinas de estadísticas vitales
antes de solicitar este trámite en el
Consulado.
-
Cédula de ciudadanía de los
padres. Si uno de los dos posee otra
nacionalidad, deberá presentar Pasaporte
vigente.
-
Certificado de una autoridad
de salud del tipo de Sangre y factor RH.
-
Presencia del padre y la
madre.
Nota:
Si el padre no está en esta ciudad, para hacer
personalmente el registro ante este Consulado,
se deberá presentar la respectiva Escritura
Pública de Reconocimiento, expedida por
cualquier Notaría dentro del territorio
colombiano, o por cualquier Consulado de
Colombia en el exterior..
APARECE SÓLO CON EL APELLIDO DE
LA MADRE;
REQUISITOS:
-
Original del Certificado de
Nacimiento, en el cual figure
el nombre de la madre y el menor con el
apellido de ella. Este certificado no se le
podrá devolver, por lo que recomendamos
obtener copias adicionales en las oficinas
de estadísticas vitales antes de solicitar
este trámite en el Consulado.
-
Cédula de ciudadanía de la
madre.
-
Certificado de una autoridad
de salud del tipo de Sangre y factor RH.
-
Presencia de la madre y del
MENOR
REGISTROS DE NACIMIENTO POR
CORREO
REQUISITOS:
Si se va a realizar un registro
de nacimiento en una ciudad diferente a donde
ocurrió el nacimiento, debe llevar al Consulado
de Colombia más cercano, lo siguiente:
-
Original del registro civil
de nacimiento.
-
Copia certificado de
matrimonio de los padres.
-
Si es unión libre: escritura
de reconocimiento.
-
Identificación de los padres:
si son colombianos, la Cédula de Ciudadanía.
Si uno de los dos posee otra nacionalidad,
deberá presentar pasaporte vigente .
-
Certificado de una autoridad
de salud del tipo de Sangre y factor RH.
Presencia del Menor.
Nota:
En el Consulado se elabora el
formulario de inscripción por correo el cual se
debe enviar a la oficina consular que
corresponda al lugar del nacimiento, con todos
los documentos mencionados; esta oficina
completará el trámite y le devolverá su registro
original.
Preguntas Frecuentes
-
Nací en Colombia y necesito
copia de mi registro civil de Nacimiento
puedo pedir copias autenticadas en el
consulado en Maracaibo?
Respuesta
No.
Si usted nació en Colombia y desea obtener la
copia de su Registro Civil de nacimiento, debe
hacer la solicitud directamente o por intermedio
de un apoderado a la notaría en la cual fue
registrado en Colombia. Para su trámite es
necesario tener el número del registro, lo cual
facilitará la búsqueda de este documento.
El Consulado no puede autenticar copias de un
registro emitido por otro Consulado o Notaría
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REGISTRO DE MATRIMONIO
REQUISITOS
-
Es indispensable que uno de
los dos contrayentes se presente en el
consulado o de lo contrario cualquier
persona que haga el papel de declarante. El
declarante se debe presentar con su cédula
de ciudadanía.
-
Una (1) Copia Original (fiel
copia del folio original) del Certificado de
Matrimonio.
-
Una (1) Copia Original
reciente (no mayor de 6 meses de expedición)
del Registro de Nacimiento del contrayente
colombiano.
-
Una (1) Copia Original (copia
notariada) del Documento de identificación
de cada uno de los contrayentes, debe ser la
Cédula de Ciudadanía o el Pasaporte.
-
Una (1) una Copia Original
del Certificado de Divorcio del Ciudadano(a)
Colombiano(a) y Extranjero(a) (de existir).
O una copia original de la sentencia de
Divorcio
Cuando un matrimonio se realizó
en otro Estado
-
Si el matrimonio fue
celebrado en otro Estado, los documentos
para el registro del mismo debe ser
presentados al Consulado que le corresponde
la jurisdicción de dicho Estado.
-
Los documentos NO pueden ser
enviados por correo. Debe solicitar a una
tercera persona (familiar o amigo) en dicha
ciudad, para que se acerque al Consulado
correspondiente, presente los papeles
originales y firme como declarante (testigo)
el registro del matrimonio.
Preguntas frecuentes sobre
Registros de Matrimonio
-
Yo me casé en Colombia y me
divorcié aquí en Venezuela, puedo
presentar la sentencia de divorcio
para registrar mi matrimonio?
Respuesta
No.
Tenga en cuenta que el divorcio se realizó bajo
las leyes Venezolanas, pero en Colombia su
matrimonio sigue vigente. Una vez hecho este trámite debe
enviarlo a Colombia, para que dicho divorcio sea
presentado ante el Juez y puedan registrarlo en
la Notaría correspondiente.
-
Vivo en otra ciudad y no puedo
viajar a Maracaibo para registrar mi matrimonio,
puedo enviar un hermano para que lo haga por
mi?
Respuesta
Sí. El registro es un
documento que no necesita la presencia de
los interesados, pero sí debe ser firmado al
menos por un testigo, lo cual permite que su
hermano u otro conocido se acerquen al
Consulado a realizar dicho trámite. Solo
debe presentarse con una identificación
válida (Cédula de Ciudadanía si es
colombiano o Pasaporte y licencia de
conducir si es extranjero).
-
Si me casé en otro país o
estado de Venezuela, puedo registrar el
matrimonio en el Consulado?
Repuesta
No. El registro de
Matrimonio deberá ser presentado por una
tercera persona en el Consulado de Colombia
en el País o estado donde se realizó el
matrimonio, adjunto con los requisitos
necesarios para realizar dicho trámite. De
igual manera el registro se podría hacer en
alguna de las Notarías del circuito de
Bogotá. Tenga en Cuenta que el Registro de
Matrimonio deberá ir Apostillado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores u
oficina de apostillas de ese País o Estado.
-
Al registrar el matrimonio
puedo cambiar los apellidos en mi pasaporte?
Respuesta
No. Realmente los apellidos
nunca cambian en el pasaporte, ya que este
debe ser siempre expedido de acuerdo a la
información de la Cédula de Ciudadanía, y en
Colombia no existe la figura, donde la mujer
adopta el apellido del esposo cuando cambia
de estado civil.
Sin embargo lo que si se puede hacer es la
aclaración en el pasaporte. Presentado el
registro de matrimonio y el pasaporte
colombiano vigente.
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REGISTRO DE DEFUNCION
Si un nacional colombiano fallece
en nuestra jurisdicción, su muerte puede ser
registrada en el Consulado General de Colombia
en Maracaibo. Si la muerte ocurre en un Estado
distinto a la jurisdicción del consulado de
Zulia o Falcon debe llevarse a cabo tal registro en el
consulado que corresponda.
REQUISITOS
-
Certificado original de
defunción.
-
Se debe verificar que los
nombres y la fecha de nacimiento estén
escritos, tal como aparece en los documentos
colombianos.
-
Cédula de ciudadanía del
fallecido y pasaporte colombiano, si lo
tiene.
-
Identificación de quien
denuncia o informa la defunción.
PREGUNTAS FRECUENTES
-
La persona murió en colombia
o en otro estado fuera de la jurisdicion del
consulado de Maracaibo, puede registrarse
la defuncion en el consulado de Maracaibo?.
Respuesta
No,
si la persona murió fuera de la jurisdicción
del consuldo de Maracaibo, debe registrarse
dicha muerte en el consulado que corresponda.
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